El Reglamento del Centro Municipal de Educación Infantil fue publicado en el BOP nº 48 de fecha 11 de marzo de 2021. Puede consultarse en el adjunto al pie de esta sección.

Las plazas tendrán como destinatarios los niños cuya edad esté comprendida entre las 16 semanas y los tres años.

    Número de plazas del centro:
  • Para niños menores de un año, 8 plazas
  • Para niños de uno a dos años, 13 plazas
  • Para niños de dos a tres años, 20 plazas

Plazas vacantes 2023-2024:

  • Para niños menores de un año, 8 plazas
  • Para niños de uno a dos años, 5 plazas
  • Para niños de dos a tres años, 7 plazas

Admisión del alumnado:

  • Admisión en aulas 1-2 y 2-3 años. El centro participa en la iniciativa de gratuidad de estas enseñanzas, para el curso 2023-2024.
    Plazo de presentación de solicitudes: del 17 de marzo al 10 de abril de 2023. en los centros, en las direcciones provinciales de educación, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://educa.jcyl.es).
    Toda la información en este enlace.
  • Admisión en el aula 0-1 año. Plazo de presentación de solicitudes: del 17 de marzo al 18 de abril de 2023, en las oficinas de Servicios Sociales del ayuntamiento.

No podrá solicitarse plaza cuando el niño cumpla tres años durante el año de presentación de la solicitud

Los padres, tutores o representantes legales del niño, deberán estar empadronados en Peñaranda de Bracamonte con anterioridad al inicio del plazo de presentación de solicitudes y mantener el empadronamiento durante todo el curso. Además se requiere la residencia efectiva, de modo que el Ayuntamiento podrá solicitar la acreditación de este punto mediante los recibos de agua, luz, teléfono, etc. Estos solicitantes tendrán prioridad sobre aquellos que no cumplan este requisito.

    Los solicitantes que no cumplan lo establecido en este punto (empadronamiento de la unidad familiar podrán ver valorada su solicitud en este orden si una vez completado el proceso de adjudicación de plazas, quedara alguna sin ocupar:
  • Padre, madre o tutor o representante legal del niño y el menor empadronado en Peñaranda de Bracamonte.
  • Miembro de la unidad familiar empadronados en municipios cercanos a Peñaranda de Bracamonte.

CEI Gloria Fuertes
Egido s/n
37300 Peñaranda de Bracamonte (Salamanca)
673 900 163 - ceigloriafuertes@bracamonte.es - 37013560@educa.jcyl.es

Documentación a presentar con las solicitudes de nuevo ingreso

  • Solicitud según modelo (en todos los casos). Documentación justificativa de la situación familiar
  • D.N.I. o pasaporte de los padres y tutores
  • Libro de familia completo, o partida de nacimiento del niño. (En el caso de que el niño no hubiese nacido aún, informe médico que acredite el estado de gestación de la madre y la fecha prevista del nacimiento)
  • Título actualizado de familia numerosa, en su caso
  • Certificado de minusvalías del niño o de los miembros de la unidad familiar expedidos por organismo competente, en su caso.
  • En el supuesto de acogimiento familiar o preadoptivo, documentación que lo acredite.
  • Informe de Servicios Sociales, en el caso de circunstancias socio familiares que ocasionen un grave riesgo para el niño o de alumnos con necesidades educativas especiales.
    Documentación justificativa de la situación laboral:
  • La última nómina o justificación de la situación laboral en el momento de la solicitud con especificación de la jornada laboral.
  • En caso de desempleo del solicitante, éstos deberán presentar certificado que acredite esta situación emitido por el organismo competente en materia de empleo, con una antigüedad de al menos 6 meses.
  • Aquellos solicitantes que se hallen en situación de excedencia por cuidado de hijos al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, deberán presentar de la S.S. o del centro de trabajo documento acreditativo de tal situación.
  • En caso de cursar estudios oficiales, certificado que acredite tal circunstancia
    Documentación justificativa de la situación económica:
  • Declaración completa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de todos los miembros de la unidad familiar con obligación de presentarla, referida al periodo impositivo anterior, con plaza de presentación vencido a la fecha de solicitud.
    • En el supuesto de no estar obligados a presentar la Declaración de la Renta y en el caso de trabajadores por cuenta propia, se deberá acompañar declaración jurada (según modelo adjunto) sobre los ingresos de la unidad familiar junto con fotocopia de la siguiente documentación correspondiente al ejercicio anterior que en cada caso proceda:
    • Certificación de la empresa de los haberes anuales o nóminas.
    • Justificación de pensión.
    • Justificante de desempleo mediante certificado del organismo competente en materia de empleo con indicación de las prestaciones que se percibieron

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (17-03-2023) y finalizará el 18-04-2023. La convocatoria también será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la Página web del mismo.

Obligaciones de los beneficiarios

    Los interesados en la solicitud de la subvención al transporte de estudiantes, por el simple hecho de presentación de la solicitud quedarán obligados, tal y como establece el artículo 14 de la Ley General de subvenciones a:
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determina la concesión de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o en quien este delegue, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las anteriores actuaciones.
  • Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, para lo cual presentará certificado expedido por los organismos oficiales de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social o bien mediante declaración responsable firmada por los beneficiarios.
  • En lo concerniente a las obligaciones no previstas en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones.

Documentación adjunta